España incrementará a partir de las 00.00 horas del 1 de diciembre la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y Schengen ante las nuevas variantes de la COVID-19.
Así ha sabido Efe de fuentes de Interior, departamento que para ello, como complemento de otras medidas que adopte el Ministerio de Sanidad y a petición de éste, modificará la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, sobre los criterios para la restricción temporal de viajes y que mañana se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
En la nueva orden "se suprime la exención aplicable a las personas residentes en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que procedan directamente de él cuando cuenten con los certificados de diagnóstico a los que hasta ahora se refería el artículo 1.1 k) de la Orden INT/657/2020".
Así mismo, la nueva orden que publicará mañana el BOE "opta por suprimir a Namibia del listado de terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores, en vista de que figura entre los países con respecto a los cuales los Estados miembros consideran pertinente aumentar las precauciones".
Prorroga, además, durante otro mes adicional los efectos de la Orden INT/657/2020 que finalizan el 30 de noviembre de 2021 y se modifica el apartado k) del artículo 1.1, que adopta la siguiente redacción: “k) Personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio de Sanidad extienda los efectos”.
Además, la nueva orden recoge los "terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores en los términos recogidos en esta orden".
Estos son Argentina; Australia; Baréin; Canadá; Chile; Colombia; Indonesia; Jordania; Kuwait; Nueva Zelanda; Perú; Catar; Ruanda; Arabia Saudí; Corea del Sur; Emiratos Árabes Unidos; Uruguay; China.
Las Regiones administrativas especiales de la República Popular China, de Hong Kong y de Macao. Y en su punto tercero las "entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro de la Unión Europea: Taiwán".
Esta orden surtirá efectos desde las 00:00 horas del 1 de diciembre de 2021, salvo el punto tercero, que lo hará desde el momento de su publicación.
España
España aumentará las restricciones de viajes ante las nuevas variantes de Covid
España incrementará a partir del 1 de diciembre la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y Schengen
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