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Sábado 23/11/2024
 

Córdoba

El juez archiva la causa por la muerte de Álvaro Prieto al entender que fue un accidente

“No existen indicios de la comisión de ilícito penal alguno, y en el que intervinieran de forma intencionada o imprudente terceros en el fallecimiento”

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  • La policía, bomberos y la UME en Santa Justa tras el hallazgo. -

El Juzgado de Instrucción número 11 de Sevilla ha archivado la causa abierta tras la muerte por electrocución del joven cordobés Álvaro Prieto, ocurrida el pasado 12 de octubre en las vías exteriores de la estación de trenes de Santa Justa de la capital hispalense, al entender que se debió a un accidente.

En un auto fechado el día 19 de diciembre, el Juzgado concluye que, del resultado de las diligencias de instrucción practicadas, “no existen indicios de la comisión de ilícito penal alguno, y en el que intervinieran de forma intencionada o imprudente terceros en el fallecimiento” del joven, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

En este sentido, el Juzgado hace referencia en el auto a las distintas diligencias practicadas, como el levantamiento judicial del cadáver, la inspección ocular, la toma de muestras y vestigios por parte de la Policía Científica, la práctica de la autopsia, la recogida de las grabaciones de las cámaras de seguridad de la estación y de establecimientos cercanos al lugar y la toma de declaración de testigos.

Así, y en relación con dichas diligencias, el juez recibió recientemente el informe de autopsia del cadáver del joven, que concluye que se trató de una muerte accidental por electrocución.

El Juzgado precisa que el joven, procedente de Córdoba, falleció el mismo día de su desaparición el día 12 de octubre, tal y como se constata en los informes de los médicos forenses en el levantamiento del cadáver y en la autopsia, del contenido de los atestados de la Policía Nacional y del visionado de las cámaras de grabación recabadas del establecimiento cercano al lugar donde fue encontrado el cadáver el día 16 de octubre.

Por todo ello, y al “no existir indicios de la perpetración de hecho delictivo alguno”, acuerda el archivo de las actuaciones

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