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Miércoles 27/11/2024
 
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Ronda

El Pleno da luz verde a dos proyectos de ampliación de empresas agroalimentarias

Además, ha salido adelante por unanimidad y de manera inicial la ordenanza de Vehículos de Movilidad Personal

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  • Secadero de la finca La Molinilla, cuya ampliación ha ido a Pleno. -

El Pleno ordinario correspondiente al mes de septiembre ha dado luz verde a dos expedientes que permitirán que dos importantes empresas locales puedan ampliar sus instalaciones, dedicadas al sector agroalimentario y vitivinícola. En este sentido, se trata, por un lado, de la ampliación de bodegas Doña Felisa y, por otro, del almacén existente en la conocida como Finca ‘La Molinilla’, donde desarrolla su actividad la mercantil ‘Nueces de Ronda’.

El primero de los casos, aprobado por unanimidad, ha sido la aprobación del proyecto de actuación para la ampliación de la bodega propiedad de la familia Losantos “una empresa que ha registrado una gran actividad desde sus inicios y que, junto con su labor de producción de vino, ha apostado por el desarrollo del enoturismo en nuestra ciudad”, ha apuntado al respecto el delegado de Urbanismo, Jesús Vázquez.

En cuanto al expediente de la Finca La Molinilla, aprobado por urgencia, se ha informado que se trata de una explotación agrícola que se ampliará porque necesita de un nuevo cobertizo, una nave de almacenamiento y una era adicional dedicada al secado de la producción de nueces.

La alcaldesa, María de la Paz Fernández, ha resaltado que para el Ayuntamiento es muy grato promover expedientes que redunden en inversiones privadas de este tipo en el término municipal, “porque dan una idea de la importancia que tiene para toda nuestra ciudad que el sector agroalimentario siga desarrollándose, ampliándose y contando con inversores, ya que en nuestra comarca son un motor de generación de empleo, que además, apuestan por la modernización de la insdustria y el desarrollo de la actividad económica”.

Ordenanza reguladora de los VMP

En paralelo, también se ha aprobado por unanimidad la ordenanza reguladora del uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), es decir, patinetes y motos eléctricas. Este documento, busca fijar las bases de circulación de esta tipología me dio de transporte que tiene un uso creciente en Ronda, “para favorecer la correcta circulación de los mismos y la movilidad en la ciudad”, ha indicado al respecto el edil de Tráfico, Jorge Fernández

Las disposiciones recogidas en este novedoso reglamento establecen, tomando como referencia todas las recomendaciones y pautas fijadas por la DGT a este respecto, una serie de normas a tener en cuenta. Así, la norma contempla aspectos como que, los usuarios de patinetes eléctricos y similares deben tener, al menos, 14 años. Será obligatorio que el conductor use casco y no podrá transportar otros viajeros, animales o bultos que dificulten la visibilidad o conducción segura. Además, no podrán conducir empleando auriculares, usando el teléfono móvil o cualquier otro dispositivo que les distraiga durante el manejo del VMP.

La velocidad máxima que podrán alcanzar durante la circulación es de 25 kilómetros por hora, reduciéndose hasta 20 en vías urbanas de sentido único, pudiendo rebajarse incluso a 10 kilómetros por hora en puntos concretos, siempre que se señalice específicamente. Deben circular por la calzada y en el mismo sentido que el resto de los vehículos. Se prohíbe que circulen por la acera y en zonas peatonales o vías en las que no puedan circular otros vehículos, salvo que cuenten con un permiso especial.

Los conductores deberán llevar calzado cómodo e ir sujetos, en todo momento al manillar, en caso de que el vehículo lo tenga. Junto con ello, incorporará que si el transporte cuenta con indicador de dirección (intermitente) es obligatorio que el conductor haga uso de los mismos.  También es recomendable que usen chalecos y otras prendas reflectantes.

Por otra parte, estará prohibido circular bajo los efectos del alcohol, sustancias estupefacientes, estimulantes y similares. Al igual que el resto de conductores, deberán someterse a las pruebas pertinentes cuando la autoridad se las requiera.

 

 

 

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