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Miércoles 27/11/2024
 

Córdoba

El alcalde de Encinarejo ve "inaplicable" el fallo del Supremo para otorgar licencias de obras mayores

Ruiz manifiesta en relación al procedimiento, en el que Encinarejo no es parte, que "hay que recordar que corresponde a una cuestión regulada por la Ley 7/93 de 27 de julio, Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía"

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El alcalde de la Entidad Local Autónoma (ELA) de Encinarejo, en Córdoba, Miguel Ruiz, cree que es "inaplicable" la sentencia del Tribunal Supremo (TS) relativa a la competencia de la ELA para otorgar licencias de obras mayores, considerando que el fallo "llega tarde", porque "el marco jurídico de referencia en el que opera está ya superado".

   En una nota, Ruiz manifiesta en relación al procedimiento, en el que Encinarejo no es parte, que "hay que recordar que corresponde a una cuestión regulada por la Ley 7/93 de 27 de julio, Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía", que en su artículo 61.2 establecía que 'Los conflictos de competencias planteados entre el Municipio y las Entidades Locales Autónomas, situadas dentro de su término serán resueltos por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma, cuya resolución podrá ser impugnada ante la jurisdicción Contencioso Administrativa'.

   Esta Ley, como señala el regidor, "quedó derogada expresamente" por la Ley 5/2010 de 11 de junio, Autonomía Local de Andalucía (Laula), y la derogación incluye el mencionado artículo 61.2. Por tanto, entiende que "desde la entrada en vigor de la Laula, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía carece de la facultad de resolver estos conflictos si los hubiera".

   Aunque, según advierte, "puede darse la paradoja de que, el cumplimiento por parte de la Junta de este aspecto de la sentencia, implique necesariamente, la vulneración flagrante de la actual Ley de Autonomía Local, aprobada en 2010, en aplicación del Estatuto de Autonomía para Andalucía de 2007".

   En este sentido, el alcalde considera que "la cuestión de fondo de la situación no se dirime en la sentencia, ya que esta sólo versa en la obligación de resolver del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía".

   Por tanto, el posicionamiento de su equipo de gobierno, es que la ELA de Encinarejo, es "plenamente competente" para otorgar la licencias de obras mayores, como se refleja tanto en el informe jurídico emitido por la Secretaría, como por el informe jurídico realizado por los Servicios Jurídicos, que son los Servicios Jurídicos de la Diputación de Córdoba y, a su juicio, "los que mas experiencia tienen en cuestiones relativas a Entidades Locales Autónomas y Municipios de la provincia".

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