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Viernes 01/11/2024
 

Jerez

El Supremo prevé resolver el 18 de junio el recurso sobre la sentencia del ERE municipal

El dictamen de la Sala de lo Social podría hacerse público a finales de junio o principios de julio

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La Sala de lo Social del Tribunal Supremo podría haber fijado ya para el próximo 18 de junio la votación y la resolución del recurso a la sentencia del TSJA sobre el Expediente de Regulación de Empleo del Ayuntamiento de Jerez, por lo que si se cumplen estas previsiones, el fallo se haría público a finales de dicho mes o a principios del mes de julio, según ha podido conocer este periódico.
La fecha parece ya la definitiva, después de que los 260 afectados por el citado ERE lleven aguardando la resolución desde el pasado 29 de octubre, día en el que, en un inicio, estaba prevista la citada votación y que se limitó finalmente a una reunión entre los magistrados para estudiar la documentación.
La resolución del recurso interpuesto ante el Alto Tribunal para buscar la nulidad de los despidos puede estar, pues, muy cerca después de que el TSJA declarara “no ajustado a derecho” las extinciones de los contratos de la plantilla municipal. Aquello fue en marzo, cuando se cumplía el aniversario del anuncio de los despidos colectivos en uno de los plenos más tensos que se recuerdan, y ahora las previsiones apuntan a finales de junio o comienzos de julio. Distinto es que el fallo suponga todo un regalo o un verdadero disgusto para trabajadores o Ayuntamiento, ya que este último confía en que el Supremo les dé la razón y considere procedente su expediente después de que el TSJA apuntase claramente a la “arbitrariedad” de criterios con la que el Gobierno local habría seleccionado a los 260 nombres incluidos en la lista ‘negra’.


Por su parte, los letrados de los sindicatos quieren ir más allá y buscan la nulidad de cara a la reincorporación a sus puestos de trabajo. La otra opción sería  pagar cuantiosas indemnizaciones por cada trabajador, que es la postura hacia la que se ha decantado claramente en todo momento la alcaldesa, María José García-Pelayo, al considerar que a la larga esta medida sería mucho más “económica” que volver a engordar a la plantilla. De hecho, la propia alcaldesa ha reconocido públicamente con anterioridad su intención de volver a hacer otro ERE si el Supremo declara nulo el expediente ya realizado.
Desde el pasado mes de octubre hasta ahora se han producido algunas revelaciones que, en cualquier caso, van en contra de las aspiraciones de los afectados por el ERE. Según adelantamos en exclusiva el pasado 30 de noviembre, el informe de la Fiscalía del Tribunal Supremo suscrito por Luís Fernando Rey Huidobro, concluye que la sentencia de 20 de marzo de 2013 del TSJA sobre el ERE del Ayuntamiento de Jerez debe “anularse” y devolverse al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para que emita una nueva sentencia que entre a valorar la existencia o no de causa económica y la existencia o no de grupo de empresas municipal. En dicho informe, el fiscal proponía estimar el recurso presentado por el Ayuntamiento al considerar que “la sentencia se ha extralimitado en su contenido” y “rebasa los criterios legales y reglamentarios para determinar la corrección o no de los procedimientos de selección de los trabajadores”, ya que según advertía el Gobierno local en su recurso -y como contenpla la Fiscalía ensu escrito- “no compete a un procedimiento de despido colectivo enjuiciar sobre la aplicación de los criterios de selección a los empleados despedidos, siendo, según ambos, materia reservada a las demandas individuales”.
Asimismo, el fiscal también apoyaba la petición subsidiaria del Ayuntamiento de, al menos, considerar procedentes los despidos llevados a cabo por el criterio de la edad, al ser un “criterio objetivo”-hay que tener en cuenta que de los 260 despidos, 134 fueron por tener 59 o más años-.
El fiscal, por otro lado, propone estimar el recurso presentado por el Ayuntamiento, aunque no entra a valorar los recursos presentados por todas las secciones sindicales municipales y, por tanto, sugiere su desestimación, salvo la consideración de la ATMJ  de que en el Ayuntamiento de Jerez existe un grupo de empresas, que propone sea analizada por el TSJ de Andalucía.
Hay que advertir asimismo, que el informe de la Fiscalía no es vinculante para la sala del Tribunal Supremo, pero puede ser secundado por los magistrados del mismo, lo que implicará la vuelta del procedimiento al TSJA, que tendrá que emitir nueva sentencia contra la que, a posteriori, se podrá interponer recurso ante el Supremo, lo que volvería a retrasar la resolución final otro año más.

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