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Sábado 23/11/2024
 

Chiclana

El PVRE se hace eco de una sentencia dictada en tierras extremeñas

Aseguran que la sentencia es aplicable a suelos de Chiclana cuya situación dio lugar al nacimiento de este partido.

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El Partido Vecinal Regionalista se hace eco, al igual que diversos medios extremeños, como el Diario Hoy o La Crónica de Badajoz, de la sentencia del Tribunal Supremo a favor de la Fundación Dolores Bas de Badajoz.Dicha entidad recurrió la situación fiscal en la que se querían enmarcar, por el Catastro, determinados terrenos de su propiedad, situación que ha sido defendida con acierto por el abogado D. Luis Díaz-Ambrona.

Se trata de un suelo clasificado por el Plan de Ordenación pacense como urbanizable, pero que, como tal, carece de todos los servicios. La Justicia dicta sentencia y resuelve, primero el Tribunal Superior de Extremadura y, ahora, el jueves día 12, el T. Supremo, dando la razón a la mencionada Fundación, que sostenía, por boca de su defensor, que el suelo sobre el que se ubican sus terrenos no es urbano. Así lo han visto las altas instancias judiciales, que consideran que el valor catastral será, a partir de ahora, el que corresponda a un suelo rústico, y no urbano, como se contemplaba.

Desde el Partido Vecinal, se congratulan de esta sentencia, ya que esta fue una de las razones, junto con los servicios básicos y la regularización de viviendas, para la fundación de este partido, y "hemos defendido siempre que era de justicia que los ciudadanos pagasen por lo que reciben, ni un euro más".

Esta Sentencia del Tribunal Supremo, tendrá su repercusión en el IRPF, Impuesto de Sucesiones, Transmisiones Patrimoniales, Patrimonio, Plusvalía, IBI, becas, etc. y, como es lógico, en unos ayuntamientos tendrá mayor incidencia que en otros, dependiendo si se ubican en zonas de costa o en el interior, ya que en las primeras suele haber más volumen de suelos urbanizables proporcionalmente.

Asimismo, la defensa manifiesta que la Sentencia, que será publicada en el BOE próximamente, es efectiva desde el momento en que se dicta y aclara, además de no ser recurrible, es vinculante para toda España y se basa en que no se puede aplicar un impuesto sobre una riqueza que no existe, ya que sería inconstitucional por ser confiscatorio. Así se contempla en la Carta Magna.

Por otra parte, cabe señalar que la Ley del Suelo estatal, actualmente en vigor, y en la que debieran basarsetodas las autonomías, solo contempla dos clases de suelo: Rural y Urbanizado. "No obstante, la Junta de Andalucía, en perjuicio de miles de ciudadanos afectados, se inventa otras subclases de suelos, exclusivamente con un afán recaudatorio, como es el caso que nos trae a colación, así como la realidad chiclanera en el extrarradio, con miles de vecinos afectados por esta circunstancia".

"Este es el injusto estado de las cosas al que nos han llevado las distintas administraciones socialistas y su larga mano, en los últimos 30 años. Ahora, la Fundación Dolores Bas, Díaz-Ambrona y el Tribunal Supremo, vienen a solucionar tamaña injusticia. Esperamos que las distintas administraciones actúen en consecuencia a la mayor brevedad", dice el PVRE.

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