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Sevilla

Propuesta para que la familia del magistrado Sánchez Ugena pueda cobrar la pensión extraordinaria

TSJA cree que Sánchez Ugena murió en acto de servicio y que influyó la "inmensa carga de trabajo" que soportaba

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El magistrado nombrado para averiguar las causas determinantes del fallecimiento del que fuera presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, Joaquín Sánchez Ugena, y presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Antonio Reinoso, ha propuesto al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que declare que el magistrado murió por enfermedad o accidente en acto de servicio, como consecuencia directa de la naturaleza del servicio desempeñado y que, por tanto, se le reconozcan a su familia los derechos a percibir la pensión extraordinaria.

   En una propuesta de resolución hecha pública este miércoles y tras practicar las pruebas pertinentes, Antonio Reinoso sostiene que el accidente cardíaco que Sánchez Ugena sufrió el 9 de mayo de 2014 y que le causó el fallecimiento, "estuvo influido decisivamente por la ansiedad, depresión, estrés psicosocial y, sobre todo, por el estrés producido por la inmensa carga de trabajo que soportaba".

   El magistrado responsable de la propuesta expone en su informe los datos que demuestran que el juez Sánchez Ugena despachaba con "toda urgencia" el trabajo que se le asignaba como presidente de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla y que trabajaba todos los días laborables e incluso habitualmente sábados y domingos o días festivos, "quedándose trabajando hasta las 22,00 horas, no yendo ni a comer a su casa".

   En esa propuesta que ahora será elevada al CGPJ se expone que se considera probada la "dedicación absoluta" del magistrado fallecido al ejercicio de su profesión "hasta el punto de, prácticamente, no tener descanso, puesto que trabajaba durante todo el día en la resolución de los asuntos que se le encomendaban, bien durante la mañana y la tarde en su despacho o bien por la mañana en el mismo y por la tarde en su domicilio".

   Al respecto señala que consecuencia de esta "dedicación absoluta" al trabajo son los resultados estadísticos obtenidos tanto en su destino como Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva, como presidiendo la Sección Primera de lo penal de la Audiencia Provincial de Sevilla.

   Reinoso también considera probado que Sánchez Ugena "procuraba resolver en el mismo día todos los asuntos, de manera que no quedase nada que resolver para el día siguiente".

"ABATIMIENTO" POR LA SANCIÓN

   Además, en la propuesta se hace mención al expediente disciplinario abierto por el CGPJ contra la Sección Primera de la Audiencia y la sanción de suspensión de funciones por diez días -sanción declarada después nula por el Tribunal Supremo-, que afectó "sobremanera" a Sánchez Ugena, pues constituyó para él "una vergüenza cuando se había dedicado siempre y exclusivamente en cuerpo y alma a la Justicia".

   "Se le veía muy triste, y expresó reiteradamente que su dignidad profesional y humana se había dañado para siempre", recoge la propuesta sobre el magistrado, que no vivió para conocer que el Supremo anuló aquella sanción al considerarla un "exceso".

   La resolución subraya el "inmenso dolor y abatimiento" que produjo al magistrado la incoación del expediente disciplinario y destaca Sánchez Ugena y los otros dos magistrados sancionados presentaron el 7 de mayo de 2014 demanda contencioso-administrativa ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo y al día siguiente, entre las 22,00 horas y las 0,30 horas del día nueve, aquel falleció.

   Así, Antonio Reinoso considera que el fallecimiento de Sánchez Ugena por un paro cardiaco después de haber estado en su casa trabajando debe considerarse como accidente en acto de servicio y, por ello, debe permitir a su familia acceder al cobro de la pensión extraordinaria.

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