El tiempo en: Córdoba
Sábado 30/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Sevilla

El acusado del asesinato de Pilas dice que le tendieron "una trampa"

La defensa del hombre afirma que tuvo "la mala suerte" de encontrarse en la escena de un crimen "que no cometió"

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Juicio por el asesinato de Pilas. -

La defensa de E.R.R., un varón de 35 años acusado de asesinar e intentar violar a Ana María M.M., de 50 años de edad, en marzo de 2017 en la localidad sevillana de Pilas, hechos por los que la Fiscalía reclama la pena de prisión permanente revisable por el delito de asesinato y nueve años de cárcel por el delito de agresión sexual en grado de tentativa, ha sostenido que a éste "le tendieron una trampa" y que "tuvo la mala suerte" de encontrarse en la escena de un homicidio "que no cometió".

En la presentación de alegaciones previas en la primera sesión de esta causa, que se juzga desde este lunes en la Audiencia Provincial de Sevilla con jurado popular, la representación legal del acusado ha sostenido "una línea de investigación", que no se continúo, en la cual se apunta que la muerte de la víctima fue consecuencia "de un crimen pasional" en el que estarían involucrados "el esposo de la fallecida y la pareja sentimental de éste".

Asimismo, ha indicado que su cliente es víctima de "una trampa" y que se han aprovechado "de su discapacidad intelectual" para inculparle de unos hechos "en los que no existen indicios de agresión sexual y las heridas de la víctima no han podido demostrarse si se hicieron antes, durante o después del incidente". De esta manera, la defensa pide la libre absolución del acusado, y señala que no ha sido demostrada la concurrencia del delito de asesinato y de agresión sexual en grado de tentativa "por lo que el procedimiento debería centrarse en un delito de homicidio".

Para la acusación particular, E.R.R. se encontraba el día de autos en un camino rural esperando que pasara la víctima y cuando ésta lo hizo "la abordó, le tapó la boca y con un cuchillo le fue pinchando para llevarla a un olivar con el fin de agredirla sexualmente", y ante la resistencia de la víctima apunta que la acuchilló y mató "para que luego no lo denunciara".

Por ello, la acusación particular pide la prisión permanente revisable por el delito de asesinato y una pena de doce años de cárcel por el delito de agresión sexual en grado de tentativa. De su parte, la Fiscalía reclama para el acusado prisión permanente revisable por el delito de asesinato y una pena de nueve años de cárcel y diez años de libertad vigilada por el delito de agresión sexual en tentativa y solicita que no se le aplique el tercer grado hasta que no cumpla 18 años de internamiento en centro penitenciario.

"FUE COACCIONADO"
De otra parte, el representante de oficio del acusado ha señalado tras la celebración de la primera sesión, que E.R.R. estaba en la zona cuando escuchó gritos de auxilio "y que se encontró con una persona encapuchada golpeando a la víctima" entonces cuando procedió a socorrerla, "apareció la pareja de la víctima, a quien lo conoce de ser cliente de su bar, y le dio un golpe contundente que lo dejó aturdido".

De esta manera, ha señalado que su defendido declaró durante la causa de la instrucción que "los autores del asesinato fueron unos rumanos" porque estaba "coaccionado" por el esposo de la fallecida quien le dijo que "si declaraba eso, le iban a dejar en paz".

RELATO DE LOS HECHOS
Según el relato de la Fiscalía, los hechos tuvieron lugar sobre las 7,30 horas del día 12 de marzo de 2017, cuando la víctima, de 50 años de edad, salió de su domicilio y se dirigió a una parcela de su propiedad ubicada a las afueras de Pilas, de forma que en este trayecto fue vista por el acusado, quien entre las 6,00 y las 6,30 horas de ese mismo día "había estado siguiendo sucesivamente" a otras tres mujeres cuando caminaban hacia sus respectivos trabajos.

Entre las 7,30 y las 8,00 horas, según continúa el Ministerio Público, el acusado, "con el propósito de satisfacer sus deseos de naturaleza sexual, abordó" a la víctima mientras caminaba sola por la zona denominada 'Camino de Santillán', "tapándole la boca fuertemente con una mano para que no pudiera gritar", todo ello mientras con un objeto "afilado y punzante" que tenía en la otra mano "le daba reiterados pinchazos" en el abdomen, "dirigiéndole de tal modo hacia el interior de la parcela rústica hasta llevarle a un olivar más apartado y solitario".

En dicho lugar, y según el relato de la Fiscalía, el acusado aprovechó "las circunstancias de soledad" del emplazamiento para tirar al suelo y desnudar a la fallecida "con intención de penetrarla" mientras "trataba de someterla, golpeándole en el rostro y esgrimiéndole el objeto afilado y punzante para que se doblegase".

El Ministerio Público manifiesta que, "al no lograr su propósito y a fin de evitar" que la mujer "pudiera en el futuro prestar testimonio sobre lo sucedido, denunciándolo", el acusado, "con ánimo de matarla", le asestó varias puñaladas en el cuello que finalmente le provocaron la muerte.

Seguidamente, y según indica la Fiscalía en su escrito, el acusado se deshizo del objeto "afilado y punzante", que no ha sido hallado, y ocultó tras una teja la cartera de la víctima, tras lo que salió nuevamente al camino y, "con intención de eludir su responsabilidad en los hechos y aprovechando la alarma social que existía en la zona, debido a un precedente intento de rapto de un menor presuntamente por nacionales rumanos con una furgoneta, alertó a unos vecinos manifestando que un grupo de rumanos había agredido a una mujer, matándola y huyendo en una furgoneta, siendo agredido por los anteriores al tratar de prestar auxilio a la víctima".

El Ministerio Fiscal precisa que el acusado, que se encuentra en prisión provisional desde el 14 de abril de 2018 por orden del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), presenta "un nivel intelectivo inferior para su entorno sociocultural --retraso mental ligero--, que no le impide comprender la ilicitud de los hechos que realiza", mientras que durante esa madrugada había consumido alcohol, "sin que ello le impidiera conocer el sentido de sus actos ni controlarlos"

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN