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Miércoles 18/12/2024
 

Córdoba

Embargan bienes a León, expresidente del Córdoba, por 4,5 millones

Por el impago en su día de los 4,5 millones de euros pendientes de la compra-venta del paquete accionarial de la entidad blanquiverde

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  • Jesús León. -

El Juzgado de Primera Instancia número 102 de Madrid ha estimado la solicitud de medidas cautelares por parte de Carlos González (Azaveco) contra el expresidente del Córdoba Club de Fútbol Jesús León y sus empresas (Aglomerados Córdoba) por el impago en su día de los 4,5 millones de euros pendientes de la compra-venta del paquete accionarial de la entidad blanquiverde, según han confirmado a Europa Press fuentes judiciales.

En concreto, según ha adelantado 'Diario Córdoba', el juez estima la petición cautelar de Azaveco frente a Aglomerados Córdoba S.L., Jesús León López, Grucal Properties S.L.U., Grucal Infraestructuras S.A.U. e Inversport S.L.U., y acuerda "el embargo preventivo de bienes, solidariamente en virtud del afianzamiento, de la parte demandada en cantidad suficiente para cubrir la cantidad de 4.500.000 euros que penden por satisfacer de la compra-venta de acciones del Córdoba CF", según se refleja en el auto.

Al respecto, la representación de Azaveco reclama que se declare resuelto el contrato concertado en escritura del 19 de enero de 2018 y novada el 31 de julio de ese mismo año, incluyendo además que Aglomerados realizara "cuantos actos fueren necesarios" para "proceder a la restitución íntegra" de las 103.420,85 acciones nominativas del Córdoba CF que le fueron transmitidas.

Los demandantes instan la medida cautelar de embargo preventivo de bienes "en cuanto suficiente para cubrir la suma de 5.850.000 euros", dado que a la principal de 4,5 millones se añaden los intereses y las costas de una eventual sentencia condenatoria (30%).

En el auto, el juez señala que la escritura del 19 de enero de 2018 --firmada por González y León en Madrid-- recogía en su cláusula tercera limitaciones a la disposición de acciones.

"La parte compradora no podrá enajenar, disponer, transmitir, ceder, gravar ni pignorar total o parcialmente las acciones objeto de esta escritura ni directa ni indirectamente, salvo acuerdo expreso por escrito y previo de la parte vendedora hasta que se haya producido el total pago del precio de esta compra-venta", según se indica.

Asímismo, subraya que Jesús León "garantiza y se obliga" a no realizar operaciones con las acciones ni "realizar reestructuraciones empresariales con las mismas, en cualquiera de sus modalidades, en tanto en cuanto no se haya producido el cumplimiento puntual, íntegro y completo de las obligaciones garantizadas".

La estimación de la petición cautelar solicitada conlleva para la parte demandante la prestación de una fianza de un millón de euros, cantidad que se ingresaría en metálico en la cuenta del Juzgado en un plazo máximo de un mes y sin cuyo desembolso no se llevará a cabo la medida, según se recoge en el auto. Contra esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días, una acción que Jesús León ejercerá.

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