La Mesa General de Negociación ha aprobado una nueva redacción para la fase de oposición contenida en las bases de consolidación de empleo temporal
El acuerdo ha sido adoptado con el respaldo unánime de las centrales sindicales
La Mesa General de Negociación donde convergen los responsables del área de Función Pública y Recursos Humanos y los sindicatos con representación en Diputación han aprobado hoy una nueva redacción para la fase de oposición contenida en las bases de consolidación de empleo temporal. El acuerdo ha sido adoptado con el respaldo unánime de las centrales sindicales: UGT, Comisiones Obreras y CSIF.
La redacción acordada incorpora nuevas pruebas para los candidatos que, en libre concurrencia, opten a alguna de las 261 plazas y puestos de trabajo que se van a convocar. Con la decisión adoptada en la Mesa General de Negociación, presidida por el responsable del área de Función Pública y Recursos Humanos de Diputación, Cristóbal Rivera, se modifican los términos de la anterior fase de oposición que habían sido anulados por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Cádiz.
En concreto Diputación ha eliminado la aportación de una memoria en la fase de oposición como único medio para valorar los méritos de los aspirantes y establece nuevas pruebas: quienes opten a una plaza de funcionario abordarán un ejercicio escrito y la resolución de dos supuestos prácticos; los aspirantes a una plaza de la plantilla de laborales tendrán que resolver dos supuestos prácticos. Los asuntos planteados por el órgano de selección estarán relacionados con los trabajos objeto de las convocatorias, así como con los temarios específicos que se publicarán por cada categoría profesional.
Las bases, una vez enmendadas, volverán a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y se someterán a los plazos preceptivos de alegación o impugnación.
A continuación reproducimos el acuerdo alcanzado en el seno de la Mesa General de Negociación (por correo electrónico se envía copa del acta con la firma de todos los representantes sindicales).-
PROPUESTA MODIFICACIÓN DE LAS BASES DEL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
En primer lugar, se elimina en la Base Séptima, Fase de Oposición y Fase de Concurso, la siguiente frase: “Salvo que en las bases específicas se establezca otra cosa”. Asimismo, se elimina el apartado referido al ejercicio, en que consiste la fase de oposición. Se acuerda que la nueva redacción de la Base Séptima, fase de oposición, será la siguiente:
Fase de oposición.
La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 5 puntos.
- Para las plazas de la plantilla de Funcionarios la fase de oposición constará de las siguientes pruebas:
Primer Ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema de carácter general propuesto por el Órgano de Selección. La duración del ejercicio será la indicada por el propio Órgano de Selección, con el límite máximo de dos horas. El tema será determinado por el Órgano de Selección, inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio, debiendo estar relacionado con los procedimientos, tareas y funciones habituales de las plazas objeto de la convocatoria, así como, con el temario dispuesto en cada programa, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo. Los aspirantes tendrán amplia libertad en cuanto a la forma de exposición se refiere.
En este ejercicio, se valorará además de la formación general acorde con la titulación exigida para el acceso a la prueba, la claridad y orden de ideas, facilidad de exposición escrita, aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. Posteriormente se procederá a su lectura pública ante el Órgano de Selección, si éste lo estima pertinente.
Segundo Ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos que deben estar relacionados con los procedimientos, tareas y funciones habituales de las plazas objeto de la convocatoria, así como, con el temario dispuesto en cada programa. Podrá realizarse verbalmente o por escrito según lo determine el Órgano de Selección, o consistir en la ejecución material del trabajo que le encomiende el mismo.
El Órgano de Selección concederá para el ejercicio el tiempo que estime necesario.
Podrá hacerse uso en este ejercicio de textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consultas con los que se acuda provisto. Quedan excluidos aquellos textos con repertorios de supuestos prácticos. En todo caso el Órgano de Selección podrá excluir el uso de tal documentación cuando estime que, de la naturaleza de los supuestos propuestos, no se deduce tal necesidad.
Cada uno de los ejercicios de la fase de Oposición será eliminatorio, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos para acceder al siguiente y siendo la puntuación máxima de 10 puntos. La puntuación total de la fase de oposición será la media de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
- Para las plazas de la plantilla de Laborales la fase de oposición constará de la siguiente prueba:
Ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos que deben estar relacionados con los procedimientos, tareas y funciones habituales de las plazas objeto de la convocatoria, así como, con el temario dispuesto en cada programa. Podrá realizarse verbalmente o por escrito, según lo determine el Órgano de Selección, o consistir en la ejecución material del trabajo que le encomiende el mismo.
El Órgano de Selección concederá para el ejercicio el tiempo que estime necesario.
Podrá hacerse uso en este ejercicio de textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consultas con los que se acuda provisto. Quedan excluidos aquellos textos con repertorios de supuestos prácticos. En todo caso el Órgano de Selección podrá excluir el uso de tal documentación cuando estime que, de la naturaleza de los supuestos propuestos, no se deduce tal necesidad.
La redacción acordada incorpora nuevas pruebas para los candidatos que, en libre concurrencia, opten a alguna de las 261 plazas y puestos de trabajo que se van a convocar. Con la decisión adoptada en la Mesa General de Negociación, presidida por el responsable del área de Función Pública y Recursos Humanos de Diputación, Cristóbal Rivera, se modifican los términos de la anterior fase de oposición que habían sido anulados por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Cádiz.
En concreto Diputación ha eliminado la aportación de una memoria en la fase de oposición como único medio para valorar los méritos de los aspirantes y establece nuevas pruebas: quienes opten a una plaza de funcionario abordarán un ejercicio escrito y la resolución de dos supuestos prácticos; los aspirantes a una plaza de la plantilla de laborales tendrán que resolver dos supuestos prácticos. Los asuntos planteados por el órgano de selección estarán relacionados con los trabajos objeto de las convocatorias, así como con los temarios específicos que se publicarán por cada categoría profesional.
Las bases, una vez enmendadas, volverán a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz y se someterán a los plazos preceptivos de alegación o impugnación.
A continuación reproducimos el acuerdo alcanzado en el seno de la Mesa General de Negociación (por correo electrónico se envía copa del acta con la firma de todos los representantes sindicales).-
PROPUESTA MODIFICACIÓN DE LAS BASES DEL PROCESO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO TEMPORAL
En primer lugar, se elimina en la Base Séptima, Fase de Oposición y Fase de Concurso, la siguiente frase: “Salvo que en las bases específicas se establezca otra cosa”. Asimismo, se elimina el apartado referido al ejercicio, en que consiste la fase de oposición. Se acuerda que la nueva redacción de la Base Séptima, fase de oposición, será la siguiente:
Fase de oposición.
La puntuación máxima total que podrá obtenerse en la fase de oposición será de 10 puntos, siendo necesario para superarla obtener un mínimo de 5 puntos.
- Para las plazas de la plantilla de Funcionarios la fase de oposición constará de las siguientes pruebas:
Primer Ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema de carácter general propuesto por el Órgano de Selección. La duración del ejercicio será la indicada por el propio Órgano de Selección, con el límite máximo de dos horas. El tema será determinado por el Órgano de Selección, inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio, debiendo estar relacionado con los procedimientos, tareas y funciones habituales de las plazas objeto de la convocatoria, así como, con el temario dispuesto en cada programa, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo. Los aspirantes tendrán amplia libertad en cuanto a la forma de exposición se refiere.
En este ejercicio, se valorará además de la formación general acorde con la titulación exigida para el acceso a la prueba, la claridad y orden de ideas, facilidad de exposición escrita, aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis. Posteriormente se procederá a su lectura pública ante el Órgano de Selección, si éste lo estima pertinente.
Segundo Ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos que deben estar relacionados con los procedimientos, tareas y funciones habituales de las plazas objeto de la convocatoria, así como, con el temario dispuesto en cada programa. Podrá realizarse verbalmente o por escrito según lo determine el Órgano de Selección, o consistir en la ejecución material del trabajo que le encomiende el mismo.
El Órgano de Selección concederá para el ejercicio el tiempo que estime necesario.
Podrá hacerse uso en este ejercicio de textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consultas con los que se acuda provisto. Quedan excluidos aquellos textos con repertorios de supuestos prácticos. En todo caso el Órgano de Selección podrá excluir el uso de tal documentación cuando estime que, de la naturaleza de los supuestos propuestos, no se deduce tal necesidad.
Cada uno de los ejercicios de la fase de Oposición será eliminatorio, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos para acceder al siguiente y siendo la puntuación máxima de 10 puntos. La puntuación total de la fase de oposición será la media de las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.
- Para las plazas de la plantilla de Laborales la fase de oposición constará de la siguiente prueba:
Ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos que deben estar relacionados con los procedimientos, tareas y funciones habituales de las plazas objeto de la convocatoria, así como, con el temario dispuesto en cada programa. Podrá realizarse verbalmente o por escrito, según lo determine el Órgano de Selección, o consistir en la ejecución material del trabajo que le encomiende el mismo.
El Órgano de Selección concederá para el ejercicio el tiempo que estime necesario.
Podrá hacerse uso en este ejercicio de textos legales, colecciones de jurisprudencia y libros de consultas con los que se acuda provisto. Quedan excluidos aquellos textos con repertorios de supuestos prácticos. En todo caso el Órgano de Selección podrá excluir el uso de tal documentación cuando estime que, de la naturaleza de los supuestos propuestos, no se deduce tal necesidad.
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