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Martes 26/11/2024
 
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Andalucía

Condenan a 41 años a unos padres por el asesinato de uno de sus bebés gemelos

La Audiencia de Málaga ha condenado a unos padres a un pena total de 41 años de prisión --20 años y seis meses cada uno-- por maltratar a sus dos bebés de dos meses, uno de los cuales murió en el hospital

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La Audiencia de Málaga ha condenado a unos padres a un pena total de 41 años de prisión --20 años y seis meses cada uno-- por maltratar a sus dos bebés de dos meses, uno de los cuales murió en el hospital. La Sala señala que uno de los acusados golpeó y zarandeó de forma violenta y reiterada a los gemelos y que no se ha podido determinar cuál en concreto, aunque el otro no actuó para evitarlo.

   Según se declara probado en la sentencia, los gemelos nacieron en agosto de 2009 y estaban al cuidado exclusivo de sus padres que residían en Benalmádena (Málaga). El Tribunal asegura que uno de los progenitores golpeó reiteradamente a los bebés "planteándose que con ello iba a causarles la muerte, pese a lo cual continuó"; mientras que el otro no hizo nada para que esos zarandeos pararan.

   Esto ocurrió en fechas próximas al 22 de octubre de 2009, cuando, según se indica en la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, "ante la gravedad" de uno de los bebés los acusados fueron al hospital, dando la "excusa" sobre las lesiones de que el pequeño había estado al cuidado de una mujer a la que habían localizado por un cartel en la calle.

   Como consecuencia de los golpes y zarandeos violentos "realizados por uno de los progenitores", uno de los bebés falleció dos días después en el hospital, mientras que el otro presentaba múltiples lesiones. Actualmente, éste se encuentra acogido por la abuela materna, estando adecuadamente atendido por la mujer y su pareja, que le ofrecen "los cuidados necesarios".

   Las agresiones sufridas, destaca la sentencia, "exteriorizan un estado de agresión permanente padecido por los dos bebés". Asimismo, también ponen de relieve para el Tribunal "la voluntad del agresor, con la pasividad del otro progenitor, de convertir sus relaciones con las víctimas en un microcósmos regido por el miedo y la dominación", se indica.

   La Sala ha tenido en cuenta las declaraciones de distintos médicos y señala que la versión de los acusados, que se echaron la culpa mútuamente, no sirve para determinar qué acusado en concreto realizó estos hechos, "uno de ellos o los dos". Al respecto, se insiste en que "no se encuentra base probatoria sólida alguna para atribuir las acciones violentas habituales", ni tampoco la muerte.

   No obstante, se indica que los hechos se produjeron "sin que ni uno ni otra hiciesen nada para evitar tales acciones a pesar del deber jurídico que tenían como tales progenitores de los dos bebés", lo que supone la comisión de los delitos "por omisión". Se insiste en que "podrían haber impedido que continuasen las agresiones" denunciando los hechos o llevándolos a los bebés al centro de salud.

   Así, a cada uno se le condena por dos delitos de violencia física habitual en el ámbito familiar, de un delito de asesinato, y de otro de lesiones. Además de la pena de prisión se impone la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad durante ocho años y el pago de 100.000 euros por la muerte del bebé y los perjuicios ocasionados al otro. 

   Respecto a la calificación de asesinato, en la sentencia se señala que es posible que el autor de los golpes "realizados por uno de los progenitores con la pasividad del otro" sobre el bebé que falleció "no tuviera intención directa de acabar con su vida, pero tuvo o tuvieron que representar como posible o probable ese resultado", más por la "fragilidad" de un bebé de dos meses.

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