El Parque Natural Sierra de Grazalema lleva sin Programa de Uso Público (PUP) desde el año 2003 en que caducó el anterior. También ha caducado el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), por lo que este espacio natural se encuentra prácticamente sin normativa de protección y de regulación del uso público.
Así lo denuncia Ecologistas en Acción, que considera que es la consecuencia de una posible negligencia de la Consejería de Medio Ambiente, a la que acusa de dejadez en este sentido.
El anterior Programa de Uso Público fue aprobado el 28 de mayo de 1998 con una vigencia de cinco años. Los dos intentos de aprobar uno nuevo han sido paralizados por la propia Consejería, lamentando los ecologistas la falta de explicaciones y de respuestas a sus propuestas. Desde entonces, la Consejería viene aplicando normas de uso público “sin ninguna cobertura legal, algunas veces de forma arbitraria”, señalan los ecologistas en alusión, por ejemplo, a las rutas de la Crestería de la Sierra del Pinar, en la que se exige contar con licencia de la federación de montañismo, “lo que es discriminatorio e ilegal”, explican en su comunicado. Ante la inexistencia de PUP, las únicas normas de aplicación para la regulación del uso público en el parque natural son las incluidas en el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) y en el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), aprobados por Decreto 90/2006 (BOJA 114 de 15 junio de 2006). Respecto al uso público, el PORN sólo establece qué actividades requieren autorización de la Consejería competente en materia de medio ambiente. En la Zona de Reserva, en la que se encuentra la Garganta Verde y el famoso Pinsapar, sólo indica que “Las actividades de uso público y educación ambiental se llevarán a cabo por recorridos preestablecidos y estarán sujetas al establecimiento de cupos limitados y otras medidas de control que se estimen necesarias para garantizar su adecuación a los objetivos de conservación, así como a las normas de regulación que desarrolle el Programa de Uso Público”, programa que no existe.
Conclusión
Por tanto, la decisión sobre los cupos y la prohibición de recorrer otros itinerarios en la Zona de Reserva carecen de base legal. Especialmente preocupante es que el PRUG esté caducado, ya que ese plan regula todas las actividades del parque natural: trabajos forestales, agricultura, ganadería, infraestructuras, construcción de viviendas, uso público, investigación... Teniendo en cuenta que la entrada en vigor del PRUG fue el 15 de junio de 2006, y que la vigencia era de ocho años, con una prórroga máxima de otros ocho, caducó el 15 de junio de 2022, circunstancia que “ha ocultado” la Consejería, manifiesta Ecologistas en Acción, que a este respecto se ha dirigido al director del parque natural exigiendo que se proceda a tramitar con la máxima urgencia el PUP del parque natural y que se inicien los trámites para la redacción, tramitación y aprobación de nuevos PORN y PRUG.