La Audiencia Nacional ha condenado a Adif a pagar un indemnización de 176.239 euros a los padres de Lucía Vivar, la menor de tres años que fue atropellada en Pizarra por un tren tras su desaparición en julio de 2017.
No se suspendió el tráfico ferroviario hasta que fuera localizada ni se adoptó correctamente la medida de seguridad de marcha a la vista en la circulación de los trenes
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, se señala que tras la desaparición de la menor en la estación de ferrocarril de Pizarra "por parte de Adif, hubo una falta de colaboración en su búsqueda".
En los fundamentos de derecho se indica que tampoco se suspendió el tráfico ferroviario hasta que fuera localizada "ni se adoptó correctamente la medida de seguridad de marcha a la vista en la circulación de los trenes".
Por todo ello aprecian una relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y los daños reclamados por los progenitores.
El Centro de Protección y Seguridad de Sevilla no procedió al correcto visionado de la grabación de las cámaras de seguridad instaladas en la estación de ferrocarril de Pizarra "lo que hubiera facilitado la localización de la menor".
Dicho centro informó de que no se veía nada en la referida grabación y, posteriormente, "cuando ya era demasiado tarde", si confirmó que aparecía la imagen de la niña caminando hacia las vías del tren, en dirección a Álora (Málaga).
Para los magistrados "bastaba con el visionado de las imágenes grabadas durante diez minutos, concretamente desde las 23.30 horas a las 23.40 horas, pues ese fue el lapso temporal en el que la menor desapareció de la presencia de sus familiares".
Se destaca en la sentencia que "ese visionado se debería de haber realizado con la diligencia y minuciocidad que el asunto requería".
Los magistrados lamentan que los servicios de Adif no actuaron así y ello provocó que la búsqueda de la menor, "siendo noche cerrada, no se dirigiera hacia una dirección determinada, sin acotar ningún lugar para la búsqueda, circunstancia negativa que dificultó las actuaciones para localizar a la menor".
En la sentencia se indica que la suspensión del tráfico ferroviario era una medida muy drástica, teniendo en cuenta que se desconocía si la menor se había dirigido hacia las vías del tren pero "era una posibilidad, y ante tal situación, la adopción de dicha medida estaba justificada", era una niña de 3 años "especialmente vulnerable".
Se recuerda en la resolución judicial que en casos que guardan cierta similitud se ha llegado a cerrar la actividad de un aeropuerto, suspendiendo la salida de los vuelos, hasta localizar a las personas que se habían bajado de un avión.
El abogado que representa a la familia, Marcos García-Montes, ha anunciado a EFE que pedirá la reapertura del caso en vía penal por la supuesta comisión de delitos de homicidio imprudente y/o negligencia grave con resultado de muerte.
En febrero de 2019 la Audiencia Provincial de Málaga acordó el archivo definitivo de las diligencias abiertas por la muerte de la pequeña.
Según las pesquisas, la niña estaba con sus padres y otros familiares cenando en el bar de la estación del tren de Pizarra y, al disponerse sus progenitores a marcharse de allí, sobre las 23:30 horas, no vieron a Lucía, que había estado en brazos de su padre sobre las 22:50 horas.
Inmediatamente se dio cuenta de la desaparición a la Guardia Civil y numerosas personas comenzaron a buscarla por las inmediaciones, especialmente por las vías del tren, en donde algunos se adentraron, si bien dicha búsqueda no dio resultado alguno.
Más tarde, a las 6:43 horas del día siguiente, el maquinista que conducía el tren de cercanías que realiza el trayecto Málaga-Álora encontró su cadáver a la altura del kilómetro 158,4, dentro del término municipal de Pizarra.