La concejala de Vivienda y presidenta de Procasa, Eva Tubío, ha anunciado que el Equipo de Gobierno llevará al próximo Pleno el proyecto de la nueva Ordenanza reguladora del Registro municipal de Demandantes de Vivienda Protegida de Cádiz para su aprobación inicial. Como ha explicado, el nuevo texto “se adapta a la legislación actual, aporta mayor claridad y agilidad en los procedimientos y, además, puntúa mejor las situaciones de vulnerabilidad y violencia de género”.
Como ha señalado Tubío, la última modificación de la Ordenanza se produjo en 2012, habiéndose introducido cambios normativos importantes en los últimos diez años que afectan a la regulación de los registros de demandantes de vivienda protegida.
Dichas modificaciones alteran la estructura de la ordenanza actual, por lo que se ha optado por proceder a la aprobación de una nueva ordenanza que derogará a la anterior. Como ha apuntado, el proyecto de la nueva ordenanza se ajusta a los principios de buena regulación, de necesidad y eficacia, es acorde con el principio de proporcionalidad y garantiza el principio de seguridad jurídica.
Considerando el importante número de personas a quienes afecta esta ordenanza, con carácter previo a la elaboración del texto y como parte del proceso de participación ciudadana en la elaboración de las normas, Eva Tubío, junto a trabajadoras sociales y del Registro de Demandantes, mantuvo el pasado 5 de noviembre de 2021 una reunión informativa y participativa con las organizaciones, asociaciones y colectivos integrantes de la Mesa de Vivienda del Observatorio Municipal de la Vivienda, entre las que figura la Federación de Asociaciones de Vecinos 5 de Abril, la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía, Facua, así como vecinos y vecinas demandantes de vivienda. También, con posterioridad, se efectuó consulta pública previa para recabar la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas y potencialmente afectadas por la iniciativa de modificación.
En cuanto a las novedades más importantes que se incluyen en la nueva ordenanza , se modifica el sistema de selección de los adjudicatarios de vivienda protegida en los regímenes de compraventa y de alquiler con opción a compra, sustituyendo el sorteo por el de antigüedad de la inscripción en el Registro, adaptándose así a las políticas estatal y autonómica de vivienda actuales que van dirigidas a fomentar mayoritariamente el régimen de alquiler.
Por otra parte, se mantiene el sistema de baremo para la selección de personas adjudicatarias de vivienda en régimen de alquiler, pero se modifica adaptándolo a la realidad social de la demanda del municipio, priorizando las situaciones de especial protección que establece el actual Plan Andaluz de Vivienda.
Asimismo, se introducen a lo largo del texto las demás modificaciones que exige la ley, como la de elevar del 25 al 50 por ciento el límite del porcentaje de pleno dominio sobre otra vivienda adquirida a título de herencia o legado, que impide a las personas titulares el acceso a vivienda protegida en el registro. De otro lado, se permite que puedan inscribirse en el registro y ser destinatarios de vivienda protegida las personas a las que se haya privado por sentencia judicial firme del uso de vivienda que haya constituido su residencia habitual y permanente.
El proyecto de la nueva ordenanza introduce la adjudicación, a través del registro de demandantes, las viviendas procedentes del ejercicio de los derechos de tanteo y retracto, salvo en los casos de adjudicaciones a los anteriores titulares de la propiedad de las viviendas sobre las que se ha ejercido el derecho de tanteo y retracto. Igualmente, se establece en la ordenanza la forma de selección de las personas miembros de cooperativas para la promoción de viviendas protegidas y, por otra parte, se adapta a la normativa vigente el procedimiento de comunicación a las promotoras de los listados de las personas que resulten del registro para la adjudicación de viviendas protegidas.
Tras la aprobación inicial del texto de la nueva ordenanza por el Pleno, se abrirá un plazo de 30 días de información pública y audiencia a los interesados para que puedan presentar las reclamaciones y alegaciones que se estimen convenientes. En caso de que no se produzca ninguna en dicho plazo, se entenderá aprobada definitivamente la nueva ordenanza tras su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia.