El tiempo en: Córdoba
Sábado 30/11/2024
 
Publicidad Ai

España

La Audiencia anula la primera expulsión de un fiscal en la democracia

Al apreciar vulneración de la legalidad

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai

La Audiencia Nacional ha anulado la expulsión de la Carrera del fiscal destinado en A Coruña Juan Antonio Frago, la primera que se ha producido en la etapa democrática y que fue instada a principios de este año por decreto firmado por el fiscal general del Estado Eduardo Torres-Dulce. Afirma la sentencia que se vulneraron sus derechos fundamentales en la tramitación del expediente y hubo también infracción del principio de legalidad.

   Frago fue separado del servicio por resolución del Ministerio de Justicia el pasado 25 de marzo y ahora dicha resolución se declara nula de pleno derecho. Además, se obliga a la Administración a reponerle "en su condición de funcionario miembro del Ministerio Fiscal con todas las consecuencias administrativas y económicas derivadas de ello", según reza el fallo de la sentencia.

   El fiscal ahora repuesto fue sancionado por la comisión de "varias faltas de carácter muy grave", algunas de ellas relacionadas con comportamientos de "falta de respeto" a su superior, la fiscal jefa de esa provincia María Esther Fernández.

   Se le sancionó concretamente por falta continuada muy grave del artículo 62.2 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, consistente en el incumplimiento de las órdenes particulares y requerimientos personales dirigidos por escrito "cuando de aquel se haya derivado perjuicio en el proceso o alteración relevante en el funcionamiento interno de la Fiscalía".

   En su día, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) denunció que el procedimiento sancionador que  puede aplicarse a este colectivo, especialmente ante el castigo disciplinario más grave que puede imponerse que es el de separación del servicio (expulsión), por presentar "graves deficiencias en lo que se refiere a garantías procesales".

ACTUACIÓN CONFORME AL ESTATUTO

   Según la sentencia de la Audiencia Nacional, Frago hizo uso de la facultad que le confiere el artículo 27 del Estatuto Fiscal cuando puso en conocimiento de su superior las razones por las cuales consideraba improcedentes las órdenes recibidas respecto de la forma en la que debía calificar los delitos de un caso concreto.

   Dice la Audiencia que Fernández debió hacer traslado de ese escrito a la Junta de Fiscales, si bien en vez de optar por ello emitió orden para ordenar a Frago que calificara las citadas diligencias previas conforme a su criterio.

   La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press y de la que ha sido ponente el magistrado José Félix Méndez Canseco, concluye que "en el presente caso ha sido vulnerada la prohibición de aplicar la ley sancionadora de manera extensiva en desventaja del acusado".

   "El recurrente sabía (...) qué actos u omisiones podrían comprometer su responsabilidad disciplinaria -afirma la Audiencia-. Y precisamente por ello comunicó a su superior jerárquico las razones por las cuales consideraba improcedente la orden de que calificase de una determinada manera, confiando legítimamente en que la cuestión que planteaba debía ser resuelta oyendo legítimamente a la Junta de Fiscales".

   Al actuar de este modo, aprecia la Audiencia, Frago no pudo incurrir en la falta de desobediencia por la que fue sancionado. Además, la citada desobediencia "exige la constancia de la fehaciente comunicación, por escrito, de una orden emitida por el superior jerárquico que posteriormente resulta desatendida" y dicha constancia tampoco se produjo.

   "En este caso se ha vulnerado el principio de legalidad, precisamente aquel que debe ser defendido por el Ministerio Fiscal", dice también la Audiencia Nacional.

   La resolución, no obstante, no hace reproche alguno de imparcialidad al Consejo Fiscal, que validó la expulsión, "por no existir prueba de la existencia de tacha alguna al respecto y no constar que dejaran de haberse abstenido de intervenir en la correspondiente sesión (...) los vocales que participaron como testigos en el expediente" contra Frago.

    Se da la circunstancia de que Frago denunció ante la justicia a su superiora por un presunto delito de falsedad documental que se está instruyendo actualmente en el Juzgado de Instrucción número 3 de A Coruña.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN