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España

Condenados a 535 de cárcel los dos etarras que atentaron en Madrid

Liher Rodríguez Aretxalabeta y Alaitz Aramendi por el atentado perpetrado con furgoneta bomba el 25 de mayo de 2005 en el madrileño distrito de San Blas

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La Audiencia Nacional ha condenado a 535 años de cárcel a los miembros de la banda terrorista ETA Liher Rodríguez Aretxalabeta y Alaitz Aramendi por el atentado perpetrado con furgoneta bomba el 25 de mayo de 2005 en el madrileño distrito de San Blas, y que dejó a cerca de cincuenta personas heridas.

La Sección Segunda de la Sala de Lo Penal les impone los delitos de intento de asesinato terrorista a 45 personas, catorce de ellas agentes de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, y de estragos terroristas y les condena igualmente a indemnizar con más de medio millón de euros a las víctimas y a los dueños de los inmuebles afectados, entre ellos el Ayuntamiento de Madrid al que deben abonar 407.578 euros por los daños ocasionados.

Los magistrados concluyen que Aretxalabeta y Aramendi, para quienes la Fiscalía pedía 718 años de prisión, robaron el día previo al del atentado una furgoneta Renault Express en la madrileña localidad de El Escorial, y se trasladaron a Valdemorillo para cargar los explosivos (20 kilos de cloratita). Ya en Madrid estacionaron el vehículo en la calle Rufino González esquina con Alcalá "con el fin de causar el mayor daño material posible y ocasionar la muerte o lesiones" a las personas que se encontraran en el lugar.

Los etarras esperaron a primera hora de la mañana para alertar mediante vía telefónica al diario 'Gara' de la explosión que finalmente se produjo a las 9.30. Como consecuencia del atentado, 46 personas resultaron heridas y cerca de 20 vehículos, dos ciclomotores y varios inmuebles de la zona sufrieron desperfectos.

REACCION DE TIEMPO "MUY LIMITADA"

La defensa de los acusados planteó durante el juicio celebrado el pasado mes de junio que no había dolo homicida puesto que los dos etarras avisaron 45 minutos antes de la deflagración de la furgoneta bomba aunque los magistrados entienden que ese límite de tiempo permite una reacción de las autoridades "muy limitada".

En la vista oral, los acusados respondieron únicamente a las preguntas de sus letrados y negaron haber estado en la capital en los días previos a la comisión del atentado. También dijeron que no habían recibido formación sobre cómo preparar explosivos.

Sin embargo, un testigo protegido explicó durante la vista que en la madrugada del 25 de mayo de 2005 llevó en su taxi desde Madrid hasta Ávila a dos personas, que cuando prestó declaración en dependencias policiales reconoció como los acusados. Igualmente, agentes municipales de Valdemorillo indicaron que encontraron a una pareja a bordo de una Renault Express con matrícula de Ávila que había parado a descansar.

Los magistrados concluyen por tanto que "son varios los datos que soportan la afirmación" de que los dos condenados participaron en el atentado y "no existe ninguna duda" de que pertenecían a la banda terrorista. Se basan en las pruebas periciales practicadas al acusado cuyo perfil genético fue identificado posteriormente y es el mismo que el hallado en la furgoneta sustraída, y en otro coche que intentaron robar previamente y no pudieron.

CONDENADOS EN FRANCIA

Tanto Rodríguez Aretxalabeta como Aramendi fueron condenados en Francia a cinco y 18 años respectivamente por delito de integración en organización terrorista. El Tribunal de Apelación de París acordó la entrega de Aramendi en 2008, y cuatro años después de Rodríguez; ambas libradas por el Juzgado Central de Instrucción número de la Audiencia Nacional.

La miembro de ETA fue candidata por EH en las elecciones de 1999 por un pueblo de Vizcaya y miembro del comando que perpetró el atentado de la T-4 de Barajas, mientras que Rodríguez fue jefe del 'comando Imanol'.

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