El tiempo en: Córdoba
Sábado 16/11/2024
 
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

Primera sentencia en Huelva que declara nula la cláusula suelo

La Audiencia Provincial revoca el fallo del Juzgado de lo Mercantil, que nunca declaró la nulidad pese a lo dictado por el Supremo

Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai

Una cláusula bancaria  abusiva, ya condenada por el Tribunal Supremo y que aquí en Huelva seguía con vida con el beneplácito del Juzgado de lo Mercantil. Hasta ahora. Porque la Audiencia Provincial ha emitido la primera sentencia que declara la nulidad de la cláusula suelo.

La resolución llega tras un recurso presentado por la delegación onubense de la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc). Su delegado en Huelva, Antonio Olaya, expone para Viva Huelva que la sentencia llega “tras muchos meses de lucha y trabajo”, y en ella la Audiencia Provincial declara la nulidad “por tener carácter de cláusula abusiva”.

Así, estable que es nula  “la cláusula suelo de los contratos de préstamos a interés variable que establecen un tipo mínimo de referencia del 3,75% y del 4% y un tipo máximo de referencia ambas del 14%”. El fallo judicial, a su vez, condena a la entidad “a eliminar dicha condición general de la contratación, y condena a la devolución de cantidades cobradas de más por este concepto”. La devolución total, incluidos intereses y capital amortizado por recálculo del cuadro de amortización, “puede superar los 200.000 euros”, asegura Olaya.
 

La escritura litigiosa es de subrogación con Caja General de Granada (Mare Nostrum) en 10 préstamos hipotecarios que tenía contratados el cliente antes con la entidad BBVA. El importe total de los préstamos, incluida una ampliación/novación de 72.000 euros firmada en noviembre de 2008, es de más de 1.900.000 euros.

La sentencia recoge que “las ofertas de los préstamos no cumplían con su función esencial de transparencia”. Por ello, “es claro que con los documentos aportados junto a las escrituras del préstamo hipotecario, no se cumplen los deberes de transparencia a que está obligado el banco”. Además, afirma con rotundidad que “no puede haber buena fe cuando el suelo satisface el interés de la entidad prestamista de asegurarse una mínima rentabilidad del 3,75% o 4% si baja el Euribor a determinados niveles, a cambio de incorporar un techo, en este caso del 14%, que solamente satisfaría el interés del prestatario en circunstancias hoy estadísticamente imposibles”.

Antonio Olaya celebra que la Audiencia Provincial de Huelva “ha dado así respuesta al clamor existente en la provincia contra las decisiones del Juzgado de lo Mercantil por sus sentencias sobre cláusula suelo, que están causando un grave perjuicio a los afectados por esta cláusula a todas luces abusiva”.

Ausbanc ha sido la primera asociación que ha denunciado públicamente el contenido de las sentencias que dicta este Juzgado que avalaba la cláusula suelo a pesar de lo dicho por el Tribunal Supremo el 9 de mayo de 2013.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN