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Sábado 30/11/2024
 
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Huelva

La Junta recurre ante el TSJA la sentencia sobre fusión hospitalaria de Huelva

Se ha presentado este martes, día en que se cumplía el plazo establecido por la sentencia para hacerlo

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La Junta de Andalucía ha recurrido en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Huelva que declaraba no conforme a derecho la actuación del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en la fusión hospitalaria de Huelva.

Fuentes de la Delegación de Salud de la Junta en Huelva han informado a Efe de que el recurso se ha interpuesto por los servicios jurídicos de la administración hoy, día en que se cumplía el plazo establecido por la sentencia para hacerlo.

No han trascendido los argumentos esgrimidos por la Consejería de Salud para recurrir esta sentencia que, según la Junta, no deja sin efecto la fusión entre los hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena, para la creación del Complejo Hospitalario de Huelva.

Según la Junta, la sentencia está referida única y exclusivamente a las actuaciones realizadas por el director gerente, Rafael García-Vargas Machuca, previas a la orden de 21 de noviembre de 2014 de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, que respalda expresamente el proceso de unificación hospitalaria en Huelva.

Sin embargo, desde el sindicato de enfermería SATSE, uno de los que interpusieron la demanda junto con el Sindicato Médico y el Sindicato de Auxiliares de Enfermería, entendían que la decisión judicial suponía "tumbar" la fusión, en tanto en cuanto que anulaba esas actuaciones y "todos los actos derivados de la misma", según se recoge en la sentencia.

El juez consideró que el director gerente era "una persona incompetente" y actuó "de forma unilateral y al margen del ámbito de sus competencias", pues en sus actos no tuvo intervención "ni la Consejería de Salud, ni el Consejo de Gobierno, ni sindicatos y profesionales".

Concretamente, los sindicatos fueron a los tribunales por entender que esas actuaciones ponían de manifiesto la ilegalidad del proceso "impuesto por la vía de los hechos por un órgano incompetente" para llevar a cabo la fusión de los servicios, especialidades y personal de los dos centros como si de un Complejo Hospitalario se tratase, sin haber sido creado por el procedimiento reglamentario ni existir resolución en la que conste su creación.

También aseguraban que la modificación de las plantillas de los centros hospitalarios no respetaba los procedimientos reglamentarios establecidos para la movilidad intercentros.

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