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Lunes 25/11/2024
 

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El Ayuntamiento de Los Barrios acogerá mañana dos plenos de carácter extraordinario, el primero será a las 18.30 horas y el segundo a las 20.00 horas.

En el primer pleno, el pleno de organización, hay doce propuestas, la primera es sobre la incompatibilidad del concejal Salvador Puerto Aguilar. A continuación se debatirá la propuesta que determinará la periodicidad de las sesiones ordinarias del Pleno.

El tercer punto del pleno será dar cuenta de la constitución de los Grupos Políticos Municipales y del nombramiento de sus Portavoces. El cuarto punto será la cuenta del decreto de la Alcaldía nº1891/2011, de 15 de junio, sobre nueva organización municipal.

También se lleva el Decreto de la Alcaldía nº1892/2011, de 15 de junio, sobre nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local.

Otro de los puntos, el sexto, será el Decreto de la Alcaldía nº1893/2011, de 15 de junio, sobre nombramiento de Tenientes de Alcalde.

El punto sexto es el decreto de la Alcaldía nº1894/2011, de 15 de junio, sobre delegación de competencias genéricas y específicas y el octavo el decreto sobre delegación de competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno Local.

También se presenta a pleno la propuesta de la Alcaldía sobre creación y composición de las Comisiones Informativas Permanentes. Y sobre el nombramiento de representantes de la Corporación en órganos colegiados que son de la competencia del Pleno.

Por último, los puntos once y doce es la propuesta de la Alcaldía sobre régimen de retribuciones de los miembros de la Corporación con dedicación exclusiva y con dedicación parcial, sobre la asistencia por la concurrencia efectiva a las sesiones de los órganos colegiados de la Corporación de que formen parte y sobre indemnizaciones por los gastos efectivos ocasionados en el ejercicio de su cargo y por otro lado sobre dotación económica de los Grupos Políticos.

Segundo Pleno
El segundo de los plenos solo tiene dos puntos, el primero será el de dar cuenta de las sentencias judiciales que declaran la inaplicabilidad del convenio regulador de las condiciones de trabajo de los trabajadores municipales del Ayuntamiento y el segundo punto que se lleva es el inicio de trámites correspondientes de una nueva negociación colectiva al amparo de lo establecido en Estatuto Básico del empleado.

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