La Plafaforma Sentencia Tranvía ha remitido un comunicado en el que señala que el alcalde ha “admitido a trámite”, las demandas presentadas por dicho colectivo, “al haberse consumado los 45 días que la Ley Orgánica 04/2001 de 12 de Noviembre,reguladora del Derecho de Petición, determina como periodo temporal máximo para establecer la Declaración de Inadmisibilidad; y como consecuencia de no haber recibido notificación motivada alguna por parte de esa Alcaldía-Presidencia, en el domicilio social de esta Plataforma”.
Por lo tanto, indica Sentencia Tranvía que “se abre la esperanza de que el señor Loaiza pueda ser al abanderado de este asunto, algo tan noble, como la defensa del Estado de Derecho, del Principio de Legalidad y del estricto cumplimiento de las Resoluciones de los Tribunales. En este caso de sendas sentencias devenidas Firmes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaran ilegal, el procedimiento y consecuentemente las obras de este dispendio de dinero público que es el tren-tranvía”.
En otro orden de cosas, la Plataforma también se ha referido a la subestación eléctrica de Janer y ha solicitado al delegado de Zona Franca, la revocación de la cesión de los terrenos del Polígono Janer derivada de las demandas especificas del tranvía; ya que “entendemos que no se puede soportar obras ilegales en terreno público. Igualmente se demanda la intervención en este asunto del Ministerio de Industria (MINETUR),Red Eléctrica de España(REE) y de la propia Edesa, al más alto nivel”.