El Grupo Municipal Andalucía por Sí ha presentada una moción al próximo Pleno en la que insta al Equipo de Gobierno a que adopte las medidas administrativas oportunas para decretar la ampliación de la prórroga de los plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de los impuestos y tasas municipales.
En la exposición de motivos AxSí recuerda que el 14 de marzo solicitaron al gobierno del Ayuntamiento desde el grupo municipal de Andalucía Por Sí la suspensión de los impuestos y tasas municipales. También a su aplazamiento y fraccionamiento para los isleños afectados por las nefastas consecuencias sociales y económicas de la pandemia: desempleados, familias vulnerables, comerciantes y pymes, etc.
Tres días más tarde, el Estado ordena la suspensión de plazos en el ámbito tributario mediante Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, en su artículo 33, de medidas urgentes extraordinarias ante una crisis sanitaria que golpea a la economía afectando tanto a la actividad productiva como a la demanda y al bienestar de los ciudadanos. Ese mismo día el gobierno municipal anuncia en los medios la suspensión del pago de impuestos y tasas municipales. Sin embargo, no se decreta la modificación del calendario fiscal hasta el 19 de mayo, más de dos meses más tarde.
En dicho decreto de 19 de mayo del Área de Desarrollo Económico se resuelve, en primer lugar, en relación con el calendario tributario del ejercicio 2020 que “se ampliarán y prorrogarán los plazos de dicho calendario el tiempo necesario y preciso para facilitar a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”. Y, en segundo lugar, respecto de aplazamientos y fraccionamientos de pago se decreta que “se darán las máximas facilidades a los obligados tributarios para el cumplimiento de sus obligaciones”.
Por otra parte, en la página web municipal encontramos dos anuncios de 5 de mayo de nuevos plazos de cobranza de los impuestos de vehículos de tracción mecánica y de bienes inmuebles. En relación con el primero de ellos, se establece como periodo voluntario de pago el plazo comprendido entre el 30 de abril y el 17 de agosto, fijando el 2 de junio como fecha de cargo en cuenta de los recibos que estén domiciliados. Y en atención al IBI, para el primer recibo entre 1 de mayo y 17 de agosto con el 2 de julio para los recibos domiciliados, así como para el segundo recibo entre 1 de mayo y 9 de noviembre con el 2 de noviembre para cargar las domiciliaciones.
"Entendemos que estos plazos y los del resto de impuestos y tasas son susceptibles de retrasarse y por tanto ampliar la prórroga conforme al propio Decreto municipal de 19 de mayo. Entre otros motivos, porque si comparamos las fechas de cargo para los recibos domiciliados de ambos impuestos con las establecidas en el calendario en 2019 observamos que en el caso del IBI se ha mantenido la misma fecha para el primer recibo y en el caso del impuesto de vehículos se ha incluso adelantado este año", dicen los andalucistas.
El cargo en cuenta del impuesto sobre los vehículos ya se ha producido pero el del IBI en su primer recibo aún no de manera que estamos a tiempo de ayudar a los vecinos de San Fernando. A lo que abunda, en plena crisis económica, el actual cobro de las cuotas por los ejercicios 2016 y 2017 de la tasa por el transporte y tratamiento de los residuos municipales que viene a aumentar aún más si cabe la presión fiscal que sufren todos los isleños.