En 2005, la Gerencia Municipal de Urbanismo declaró el edificio que ocupa el número 20 del Carril de San Diego en estado de ruina inminente, lo que llevó al propietario del inmueble a presentar a la Delegación provincial de Cultura un proyecto para demolerlo y reconstruirlo para hacer locales comerciales. En mayo de 2006, la delegación provincial de Cultura de Cádiz desestimó el proyecto en base a un informe realizado por la Comisión Provincial de Patrimonio, motivo por el que el dueño de la casa presentó un recurso alegando la imposibilidad de rehabilitación del edificio y la falta de motivación de la resolución recurrida”, según reza en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico emitida el 19 de enero de 2009. Así, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y, en concreto, la Sala de lo Contencioso Administrativo, se pronunció aceptando este recurso y solicitando a la Consejería de Cultura que emitiera un informe “que proceda razonado y motivado en cuanto a la procedencia o no de la demolición solicitada”, en el que además deberá especificar “si procediese o no total o parcialmente y, en su caso, los elementos que hayan de conservarse y los medios y normas de hacerlo”. Fue entonces cuando el propietario del inmueble inició un procedimiento contencioso administrativo.
Sanlúcar
Ocho años de recursos en los tribunales
En 2005, la Gerencia Municipal de Urbanismo declaró el edificio que ocupa el número 20 del Carril de San Diego en estado de ruina inminente, Cultura se opuso y abogó por la rehabilitación. En 2009, el TSJA pidió a Cultura que argumentara su petición
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