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Miércoles 27/11/2024
 
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Sevilla

El Consultivo avala la licencia de la residencia de la Palmera al no vulnerar el PGOU

El órgano consultivo considera que "no incurre en vulneración del planeamiento urbanístico de la ciudad, ni en causa de nulidad ni vulnera el interés público"

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  • Las obras de la residencia de La Palmera. -

El Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido un dictamen, de obligado cumplimiento, "favorable" a la licencia concedida por la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente para el proyecto de la residencia de estudiantes en la Avenida de la Palmera, 38. El órgano superior consultivo argumenta que esta licencia urbanística "no incurre en vulneración del planeamiento urbanístico de la ciudad (PGOU), ni en causa de nulidad ni vulnera el interés público", descartando así, "uno por uno", los argumentos esgrimidos por la Asociación en Defensa del Patrimonio Histórico (Adepa), que ha solicitado vía judicial suspender la licencia de obra y demoler lo construido hasta ahora.

En una nota de prensa, el Ayuntamiento ha explicado que el expediente municipal se sometió al Consejo Consultivo de Andalucía, y a iniciativa de la propia Gerencia, la revisión de oficio de la licencia de 17 de junio de 2021 para la demolición y posterior construcción de una residencia de estudiantes en la Palmera. El dictamen tiene carácter preceptivo, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.11 de la Ley 4/2005, de 8 de abril, del Consejo Consultivo de Andalucía, y vinculante en los términos del artículo 106.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sobre los argumentos expuestos que aseguraban que la licencia urbanística en cuestión infringía el ordenamiento jurídico en relación a cuestiones tales como la altura permitida, la edificabilidad, número de plantas y paisaje urbano, el dictamen los considera "desacreditados" en los "numerosos" informes técnicos emitidos y que constan en el expediente administrativo. "No admite tampoco que haya existido vulneración jurídica ni que afecte al interés público", ha apostillado el Consistorio.

"En definitiva, la licencia concedida cumple con todos los requisitos legalmente establecidos y no infringe el ordenamiento jurídico. En virtud de lo expuesto, este Consejo Consultivo debe concluir que el acto administrativo en cuestión no adolece del vicio de nulidad previsto y se dictamina favorablemente la propuesta de resolución dictada en el procedimiento de revisión de oficio de licencia", según recoge literalmente el dictamen ha subrayado el Ayuntamiento en su comunicado de prensa.

"Quiero poner en valor el trabajo técnico y jurídicamente rigoroso que han realizado los trabajadores de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, que en todo momento se han ajustado a la legalidad y a la seguridad jurídica necesaria en las actuaciones de la administración pública", ha sostenido el delegado de Hábitat Urbano y Cohesión Social, Juan Manuel Flores.

De hecho, este dictamen se suma a una reciente sentencia en primera instancia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 12 de Sevilla, que ha "refrendado" los argumentos jurídicos de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente a la hora de continuar con la tramitación de licencias para los expedientes completos que estaban presentados antes del inicio de la reforma del punto 6.6.3 del PGOU que eliminaba el plus de edificabilidad en algunas zonas de la ciudad para construir nuevos equipamientos privados.

Del fallo se deduce que "no cabe paralizar ni suspender" la concesión de licencias de expedientes (proyectos de obras) cuya tramitación estuviera ya completada ante la Gerencia con carácter previo a la citada suspensión de licencias o a la modificación del PGOU, aunque, "por defecto de forma, anula" la suspensión por un año que aprobó el Pleno municipal tras el recurso por una de las tres empresas con proyectos en distintas partes de la ciudad afectadas por la decisión plenaria, cuestión que será recurrida por Urbanismo.

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