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Sábado 30/11/2024
 
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Condenan al Santander a devolver un millón de euros a dos clientas

La Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria falla a favor de ellas porque adquirieron un producto complejo no adecuado para su perfil inversor

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  • Ana Botín -

La Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a Banco Santander a devolver un millón de euros a dos mujeres que adquirieron un producto complejo no adecuado para su perfil inversor.

En concreto, la Audiencia obliga a la entidad a restituir los 500.000 euros que invirtieron cada una de las demandantes, defendidas por el despacho Zunzunegui abogados. A ese importe se suman los intereses pagados en los préstamos vinculados, los gastos bancarios y notariales y las comisiones, y se descuentan los intereses que recibieron.

La sentencia, que admite un recurso presentado contra la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 11 de Las Palmas, explica que el producto contratado por las demandantes era complejo, por lo que ambas rellenaron un test de idoneidad previa contratación en el que señalaron que su perfil inversor era 'moderado'.

Este grado implica la preferencia de obtener la máxima rentabilidad posible "aunque se tenga que arriesgar una pequeña parte del capital invertido", a diferencia del perfil de inversor 'dinámico', que podría admitir temporalmente "más de un 10% de pérdida".

El resultado de la inversión de 500.000 euros que realizaron ambas demandantes fue que recibieron 204.446,66 euros, lo que supuso una pérdida de casi el 41% de lo invertido.

La resolución jurídica especifica que no existió error en el consentimiento ya que, entre otras cosas, conocían el producto porque habían firmado otros similares en 2006, que habían cancelado anticipadamente por pérdidas, y la entidad les realizó el test de idoneidad.

Sin embargo, la Sala estima el recurso al entender que no se ha probado que la información suministrada por la entidad fuese "comprensible y adecuada a las características del producto y los concretos riesgos que puede comportar su contratación".

"Observamos una evidente discrepancia entre el perfil inversor elegido por los demandantes y el producto que recomendó Banco Santander", señala la sentencia, que insiste en que el producto sería adecuado para un inversor 'dinámico', no para el 'moderado'.

"O la información que se suministró de manera verbal no resaltaba suficientemente el riesgo de la inversión, o los empleados de la entidad demandada verificaron el test de idoneidad como una mera formalidad y no lo tuvieron en cuenta cuando realizaron esta recomendación personalizada", explica el juez.

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