La Junta de Andalucía aprobó en diciembre de 2016 un deslinde parcial de la cañada real de Peromingo en la Hacienda El Rosario que, según un dictamen geográfico independiente, cabría calificar de a la medida de los intereses del Ayuntamiento de Sevilla y de la empresa constructora Gabriel Rojas SL al trasladar la vía pecuaria más al Sur par sacarla del ámbito urbanístico del Plan Parcial. Como se recordará, la Fiscalía pide dos años de cárcel para el constructor y tres de sus urbanistas por la ocupación y urbanización de la cañada hace seis años.
Según un dictamen geográfico independiente solicitado por Viva Sevilla sobre el caso de la cañada real de Peromingo a Palmete y su afección a la Hacienda El Rosario, dentro del Plan Parcial SUS-DE-09 y consultable en nuestra web, se podría llegar, presuntamente, a dos interpretaciones de los hechos.
En primer lugar, los redactores del PGOU de Sevilla de 2006 y/o del Plan Parcial SUS-DE-09 Hacienda El Rosario dibujaron al menos una rotonda sobre el trazado de la cañada real de Peromingo a Palmete, históricamente con unos 75 metros de anchura y divisoria en parte de los términos municipales de Sevilla y Alcalá de Guadaíra y aunque se redujera a tan sólo una docena de metros.
En segundo lugar, la Consejería de Medio Ambiente aprobó en diciembre de 2016 un deslinde parcial de la cañada en que se habría trasladado presuntamente el trazado de la vía pecuaria más al Sur, con lo que no tocaría ya la rotonda construida y ordenada construir por Gabriel Rojas SL conforme a las determinaciones del Plan Parcial. Por esta actuación, supuestamente sin licencia del Ayuntamiento de Sevilla, la Fiscalía pide dos años de cárcel para el constructor, al igual que para sus tres urbanistas.
Según el informe geográfico independiente, aun reduciendo la anchura de la cañada real de sus 75 metros originales a tan sólo 12 metros, a la hora de hacer el deslinde deberían haberse medido 6 metros a cada lado, pero supuestamente se habría actuado midiendo los 12 metros todos en dirección Sur. Incluso así, la vía todavía afectaría al menos al acerado de la rotonda del ámbito del Plan General.
Sin esperar al deslinde
Una de las claves del caso y en la que se fundamenta el fiscal para pedir dos años de cárcel para el constructor es que éste y sus urbanistas ocuparon y urbanizaron la cañada real en agosto de 2011, supuestamente sin licencia de obras del Ayuntamiento de Sevilla y sin esperar siquiera al deslinde de la vía pecuaria.
Por aquel entonces, en los documentos urbanísticos y medioambientales se reconocía la existencia de la vía pecuaria, la cual había sido clasificada en el año 1947 y modificada en 1962. La clasificación, según la ley, es “el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria”.
Históricamente, a la cañada real de Peromingo a Palmete se le atribuía una anchura de unos 75 metros en números redondos, y como en parte de su trazado actuaba de línea divisoria entre los términos de Sevilla y Alcalá de Guadaíra, el Ayuntamiento sevillano le atribuyó en el Anejo medioambiental correspondiente al PGOU de 2006 la mitad de esa anchura, 37,65 metros, dejando la otra mitad al municipio vecino.
Trabajos contratados
El gerente de Urbanismo de Sevilla no anunció en el órgano pertinente hasta el 11 de octubre de 2013, es decir dos años después de que se iniciara la urbanización, que había contratado una asistencia técnica para el deslinde de la vía pecuaria, en principio compencia municipal por discurrir sobre suelo ya calificado como urbano.
La empresa contratada recopiló doce planos o mapas distintos en la documentación histórica sobre la zona, pero al final se basó en un controvertido y discutible mapa del Instituto de Estadística y Cartografía de la Junta de Andalucía (IECA) para interpretar que como a su juicio la cañada discurría más al Sur de la Hacienda El Rosario no afectaba al ámbito del sector SUS-DE-09 y, por tanto, la competencia para realizar el deslinde no era ya del Ayuntamiento de Sevilla, sino de la Junta de Andalucía, por no afectar a suelo urbanizable.
Aunque la interpretación era muy cuestionable, se impuso otra razón: si la vía pecuaria hacía de límite entre dos municipios (Sevilla y Alcalá), el deslinde no lo podía efectuar sólo uno de ellos y pasaba a ser de competencia supramunicipal: la Consejería de Medio Ambiente.
En el BOJA
La Consejería publicó el deslinde en el BOJA el 27 de diciembre de 2016, con el trazado cuestionable según el dictamen geográfico independiente citado.
¿Exonera este deslinde, aprobado cinco años después de iniciada la urbanización, al constructor?
Las fuentes consultadas estiman que no, porque en su momento, el constructor, aun sabiendo que el PGOU alertaba de que por la zona discurría una vía pecuaria, urbanizó los terrenos sin esperar a que se realizara el deslinde, aunque luego en éste, al cabo de un lustro, se delimitara su anchura legal de 75 metros y la necesaria de 12 metros.
Por otra parte, queda la duda de qué ocurrirá con el terreno “sobrante” de la cañada real. Se supone que su desafectación del dominio público sería condición necesaria para incorporarlo al Inventario de Bienes de la Junta como bien de carácter patrimonial. En tal caso, el Gobierno andaluz tendría derecho a incorporarse a la Junta de Compensación del Plan Parcial de la Hacienda El Rosario.
Sevilla invadió a Alcalá y Alcalá, a Sevilla
La causa judicial abierta por la presunta ocupación y destrucción de un tramo de la cañada real de Peromingo a Palmete, parte de la cual ha servido históricamente como línea divisoria entre Sevilla y Alcalá de Guadaíra, ha servido para poner de manifiesto, según la interpretación de otros geógrafos, la existencia de un conflicto territorial larvado entre ambos municipios vecinos.
Así, los redactores del PGOU de Sevilla 2006 y/o del Plan Parcial de la Hacienda El Rosario se habrían extralimitado al pintar los planos invadiendo una pequeña parte del término de Alcalá. Por su parte, desde Alcalá se habría hecho lo propio con otra invasión del término municipal de Sevilla mediante su planeamiento urbanístico SUO-13, aunque hasta ahora ninguno de los dos Ayuntamientos ni la Junta , todos en manos del PSOE, han querido dar oficialidad al conflicto geográfico, pero no habrá más remedio que afrontar estas mutuas intrusiones.
La única solución que se antoja posible es un acuerdo de modificación de la línea divisoria de los dos términos municipales para regularizar la anómala situación creada.
Urbanismo intentó meter la cañada por la franja del Canal
La Gerencia de Urbanismo intentó en 2008 que la Consejería de Medio Ambiente le admitiera un trazado alternativo del tramo de la cañada real y que fuera paralelo al Canal del Bajo Guadalquivir, más al Noreste y dependiente de la Confederación Hidrográfica.
La propuesta quedó pendiente de que el Ayuntamiento aportara los terrenos necesarios pero sin tener en cuenta que debía respetar una franja de 30 metros en torno al mismo.
Con esa pretensión inicial se superponía un bien de dominio público sobre otro, con pérdida final para el patrimonio colectivo.