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Sábado 30/11/2024
 
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Sevilla

El violador del parque de María Luisa seguirá en prisión hasta 2031

La Audiencia de Sevilla rechaza dejarlo libre ante la "extrema" gravedad de los hechos y prorroga la prisión provisional hasta la mitad de la condena

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  • El detenido F.M.S. -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha rechazado la petición de libertad provisional planteada por Francisco Morillo Suárez, condenado a 39 años de cárcel por violar y asesinar en febrero de 2016 a una joven en el parque de María Luisa, y ha acordado prorrogar su situación de prisión provisional hasta la mitad de la condena impuesta, en concreto hasta el 4 de marzo de 2031, dada la "extrema gravedad" de los hechos.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera rechaza así la petición realizada por el abogado del acusado para que se pusiera en libertad a su cliente mientras se tramita el recurso que ha presentado ante el TSJA para que se le imponga una pena máxima de diez años de prisión, algo a lo que se opusieron tanto la Fiscalía como la familia de la víctima.

En este sentido, el tribunal argumenta que, en este caso, salvo el peligro de destrucción u ocultación de pruebas porque el juicio ya ha sido celebrado, "se dan todos los requisitos exigidos en el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para el mantenimiento y la prórroga de la prisión".

Todo ello, según argumenta, "en atención a la gravedad" de los delitos por los que ha sido condenado (agresión sexual y asesinato), a la extensión de la pena impuesta (15 y 24 años de prisión, respectivamente, con el límite máximo de cumplimiento de 30 años), y a las circunstancia del procesado, "que permiten deducir la existencia de un riesgo de fuga por la gravedad de las penas impuestas".

La Audiencia agrega, asimismo, que tampoco puede descartarse "la reiteración delictiva dada la pluralidad de denuncias formuladas contra él por su compañera sentimental desde el año 2006 hasta meses antes de ocurrir los hechos que motivan las presentes actuaciones", según el auto consultado por Europa Press.

Además, el tribunal dice que concurre una circunstancia "especialmente determinante sobre las demás" que "evidencia la mayor peligrosidad del condenado y que lo hacen merecedor del mantenimiento de la medida cautelar" de prisión provisional acordada el 8 de marzo de 2016 y la prórroga solicitada por la acusación, como es la "extrema gravedad" de los hechos, "de acreditarse su participación en los mismos, según resulta del relato de la sentencia pendiente de recurso de apelación" ante el TSJA.


HASTA MARZO DE 2031

Por todo ello, la Audiencia rechaza la petición de libertad planteada por el abogado del acusado y, en su lugar, prorroga la prisión provisional hasta la mitad de la totalidad de la pena efectivamente impuesta (15 años de prisión por el delito contra la libertad sexual y 24 años de prisión por el delito de asesinato con el límite máximo fijado de 30 años), es decir, hasta el 4 de marzo de 2031.

El pasado 20 de julio, la Audiencia celebró una vista para analizar la petición de libertad del acusado, en la que tanto el Ministerio Público como el abogado que ejerce la acusación particular en nombre de la familia de la víctima, Alberto Lag, se opusieron a la misma al entender que, tras ser condenado a 39 años de cárcel, existe riesgo de fuga y de reiteración delictiva.

El letrado del acusado ha recurrido en apelación el fallo de la Sección Primera ante el TSJA y ha solicitado que se condene a su cliente a un máximo de cuatro años de prisión por un delito de homicidio imprudente y a un máximo de seis por el delito de agresión sexual.

El abogado pide que se le condene por un delito de homicidio imprudente al entender que la víctima "colaboró" en la causación de la muerte tras haber ingerido distintos fármacos.


"RUPTURA" DE LA CADENA DE CUSTODIA

El abogado del acusado, asimismo, vuelve a plantear la "ruptura" de la cadena de custodia respecto a los vestigios hallados en el lugar de los hechos al entender que se habrían incumplido los requisitos policiales y procedimentales necesarios para entender que pertenecen al ADN del acusado.

La Fiscalía también ha recurrido la sentencia de la Sección Primera ante el TSJA a fin de que imponga al acusado la pena de prisión permanente revisable, que fue solicitada en el juicio tanto por el Ministerio Público como por la acusación particular.

En la sentencia, la Sección Primera de la Audiencia condenó al acusado a 24 años de prisión por un delito de asesinato y a 15 años de cárcel por un delito de agresión sexual, aunque fijó el límite máximo de cumplimiento de ambas penas en 30 años.

Asimismo, el tribunal, que calificó el crimen de "execrable", condenó a Francisco Morillo al pago de una indemnización de 100.000 euros a los padres de la joven y de 25.000 euros a su hermana en concepto de daño moral "por la humillación sufrida y falta de respeto".

De este modo, rechazó imponerle la pena de prisión permanente revisable que habían solicitado tanto la Fiscalía, que entiende que el acusado cometió un "acto de sadismo extremo", como la acusación particular.
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