Un jurado popular, compuesto por siete hombres y dos mujeres, ha declarado este viernes culpable por unanimidad a E.J.D.H. por asesinar en septiembre de 2016 a su padre en una vivienda del Polígono de San Pablo de Sevilla asestándole 117 puñaladas, hechos por los que ha sido juzgado durante esta semana en la Audiencia Provincial.
De esta manera, los miembros del jurado, cuyo veredicto han hecho público a las 11,15 horas de este viernes, han declarado culpable por unanimidad a E.J.D.H. de haber dado muerte intencionadamente a su padre, con siglas E.D.M., y de haber aumentado innecesariamente su dolor.
Igualmente, han declarado probado que el acusado, que durante el juicio mostró su arrepentimiento de los hechos, convivía con su padre en una vivienda de la capital hispalense y que "las disputas y peleas" entre ambos "eran frecuentes y, en la mayoría de los casos, venían motivadas por la adicción" del procesado a sustancias estupefacientes. Si bien, no han considerado probado que su consumo le hubiera provocado un "trastorno psicótico con predominio de ideas delirantes".
Según el fallo hecho público del jurado, queda probado que el acusado tenía diagnosticado un trastorno paranoide de la personalidad, de forma que su comportamiento era usualmente "hostil y agresivo", lo que "motivó diversas intervenciones policiales y denuncias después archivadas" por decisión de la víctima.
En cuanto al crimen, el jurado señala como probado por unanimidad que en la madrugada del 13 de septiembre de 2016 el acusado y su padre "se enzarzaron en una fuerte discusión" porque el encausado "pensó que su padre le había cambiado la droga que compró para su consumo por morfina mezclada con pastillas".
Durante la discusión, según el jurado, el acusado "fue adoptando un comportamiento cada vez más violento y agresivo" hasta que, en un momento dado y "teniendo disminuida su voluntad a consecuencia del trastorno paranoide que padece", cogió de la cocina un cuchillo y, "aprovechando que su padre estaba sentado en el sofá frente al televisor, se fue para él y, con la clara intención de acabar con su vida, comenzó a asestarle puñaladas" a la altura de la cabeza.
Aunque la víctima interpuso los brazos y trató de repeler la agresión, el acusado "no cejó en su empeño" y, "a fin de conseguir su propósito y aumentar el sufrimiento de su padre, no sólo le realizó cortes en la cara y en el cuello, sino que continuó asestándole numerosas puñaladas" en hombros, abdomen y pecho "hasta el punto de que llegó a doblar la hoja del cuchillo", por lo que cogió otro cuchillo y se lo clavó en el cuello, la cadera y el pecho a la víctima, que finalmente cayó al suelo, "donde su hijo le clavó un destornillador en el pecho".
Asimismo, el jurado considera probado que el acusado, que actualmente se encuentra en prisión provisional, propinó a la víctima 117 puñaladas, algunas de ellas en zonas vitales como el pecho y el cuello, provocándole la muerte por shock hipovolémico por hemorragia aguda.
Por último, no se ha considerado probado que tras estos hechos el acusado tomara una cantidad no determinada de pastillas, cogiera algunas pertenencias y saliera a la calle, "donde comenzó a dar voces alertando con ello a los vecinos", que avisaron a la Policía.
De otro lado, los miembros del jurado no se han mostrado partidarios del indulto total o parcial de la pena que se impusiera al acusado en caso de solicitarlo al Gobierno central. Igualmente, no se han mostrado favorable a la suspensión de la pena.
PIDEN NUEVE AÑOS DE PRISIÓN
Atendiendo a la decisión del jurado, el Ministerio Fiscal, que en sus conclusiones definitivas y en el informe solicitaba nueve años de cárcel, en lugar de los once iniciales, y a cumplir en un centro de internamiento psiquiátrico, como presunto autor de un delito de asesinato con la circunstancia eximente incompleta de anomalía o alteración psíquica, ha ratificado este viernes la petición de nueve años de prisión.
En este sentido, la defensa del acusado, que ejerce el abogado Nicomedes Rodríguez, se adherido a la petición de la Fiscalía, si bien, solicitará en el momento oportuno que la pena se cumpla en un centro penitenciario ordinario.
Una vez concluido el juicio, la presidenta-magistrada María Auxiliadora Echevarri ha disuelto el jurado y ha agradecido la labor de los miembros de éste en busca de la verdad.
Cabe recordar que tanto la madre como el hermano del procesado han renunciado expresamente a cualquier indemnización que les pudiera corresponder y al ejercicio de las acciones penales.