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Lunes 25/11/2024
 
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sociedad

Investigado el conductor de un camión por conducir drogado

El camión quedó inmovilizado y retirado de la vía, pasando comunicación a la empresa titular para que se hiciera cargo del mismo

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  • Guardia Civil de Tráfico. -

Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil del Subsector de Badajoz han investigado a un vecino de Trebujena (Cádiz), por un delito contra la seguridad del tráfico al conducir un camión bajo la influencia de drogas tóxicas.

Según detalla en una nota de prensa, la tarde del pasado 2 de mayo la Central Operativa de la Agrupación de Tráfico en Badajoz recibió avisos de usuarios de la autovía A-66 sobre la conducta negligente con la que circulaba por términos municipales pacenses un camión articulado de transporte de mercancías, que invadía tanto el arcén como ambos carriles de circulación.

Con los datos aportados, los agentes pudieron localizarlo e interceptar ya en el término municipal de Alcuéscar.

Una vez identificado su conductor, se le realizaron las pruebas de detección de alcohol y drogas dando positivo en el test de drogas, que mostró la presencia en el organismo de sustancia estupefacientes o psicotrópicas, circunstancia que posteriormente ha sido confirmada tras el análisis realizado por el Laboratorio de la Dirección General de Tráfico.

Ante estos hechos, en atención a los síntomas externos tan evidentes que el conductor del camión presentaba y que afectaba a las facultades psicofísicas necesarias para la conducción segura, le instruyeron diligencias como investigado por un supuesto delito contra la seguridad vial, que han sido entregadas en el Juzgado de Instrucción de Mérida.

El camión quedó inmovilizado y retirado de la vía, pasando comunicación a la empresa titular para que se hiciera cargo del mismo.

El conductor se enfrenta a pena de prisión de tres a seis meses, a multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y en cualquier caso, con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años, sin perjuicio de la sanción administrativa que dio inicio a la actuación de los agentes.

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