"No deja de ser hiriente que quien así actúa sea precisamente quien ahora viene a responsabilizar a este instructor de llevar a cabo filtraciones o de no impedir deliberadamente que otros lo hagan", ha expuesto el magistrado en el auto que ha dictado este lunes, al que ha tenido acceso Europa Press, en el que de forma tajante se ampara en trece argumentos para justificar que no procede investigar de dónde proceden tales filtraciones.
Es más, el juez apostilla que su Juzgado "nunca sería competente" para ello "si lo que insinúa es la responsabilidad que este instructor podría haber contraído en la comisión de un delito de infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos". "Se reconduciría al absurdo que este instructor se investigara a sí mismo", afirma Castro, quien asevera que iniciar estas investigaciones "se advierte inútil" así como "dilapidador de un tiempo que no sobra".
En esta misma línea, Castro considera "deseable" que hasta que la defensa de Matas, ejercida por Antonio Alberca, "no cuente con pruebas objetivas sobre la responsabilidad que, por acción u omisión, este proveyente haya podido contraer en orden a supuestas filtraciones, se abstuviera a verter en foros judiciales y extrajudiciales de pública repercusión las mismas imputaciones de siempre".
Y es que en su escrito, el abogado denunciaba las filtraciones a los medios de comunicación sobre las investigaciones en torno a Nóos ya que, a su juicio, contribuyen a lanzar "insidias" y "sospechas" contra su patrocinado, al tiempo que "afectan a la imagen pública de Matas, por lo que se agrava la pena de banquillo a la que se ve sometido desde hace más de tres años".
Entre otras razones, Castro considera que "no deja de ser incongruente" que la dirección letrada que denuncia estos hechos "sea aquella cuyos escritos, que también están sujetos al secreto sumarial, accedan antes a las direcciones de rotativos que este Juzgado", y, sin ir más lejos, recuerda que del escrito que presentó Alberca sobre las filtraciones se hicieron eco varios medios cuando el mismo juez instructor "aún ni tan siquiera había tenido oportunidad de leerlo".
La resolución judicial explica que las posibilidades prácticas de cumplir el secreto son "muy distintas" según los avatares por los que atraviesa la causa como también "muy diversos los posibles autores de las supuestas filtraciones en proporción al número de personas que inevitablemente han de compartir el secreto", sin que el juez "tenga datos para señalar a nadie en concreto".
NO SE HA FILTRADO "NI UNA SOLA DE LAS RESOLUCIONES" SOBRE NÓOS
De forma más concreta, asegura que en ningún momento ha habido filtración alguna sobre el auto de apertura de la pieza secreta que investiga los contratos a Nóos, como tampoco, excepto la parte dispositiva del auto de entrada y registro de las distintas mercantiles vinculadas a Urdangarin, "ni una sola de las resoluciones que han recaído en dicha pieza secreta ha trascendido al exterior, ni en su letra ni en su espíritu".
Finalmente, el magistrado afirma que "bastante trabajo pesa ya sobre este Juzgado como para tener que confirmar o rebatir a los distintos medios las informaciones que ofrezcan", lo que supondría por otra parte "quebrantar el secreto". Asimismo, Castro destaca el hecho de que la defensa de Matas aportase como "indubitativos medios de prueba" recortes de prensa que "sorprendieron incluso a este proveyente por lo que tenían de adivinanza de decisiones en las que ni tan siquiera había pensado", algunos "se contradecían" y otros "respondían más a lucubraciones".
El letrado hacía referencia a numerosas informaciones en medios de comunicación sobre las investigaciones de esta subpieza -incluida en la pieza 25 del caso- en las que se dan numerosos detalles de las diligencias practicadas, como es el caso del registro efectuado el día 7 de noviembre en la sede de Nóos en Barcelona, el contenido de las declaraciones practicadas o incluso los próximos pasos que pueden tomar la Fiscalía o el juez.